Congreso CDMX, primero prohíbe el plástico; ahora, busca limitar venta de pilas y baterías secas


Es para aminorar los riesgos al medio ambiente y a salud pública, asegura

Congreso CDMX, primero prohíbe el plástico; ahora, busca limitar venta de pilas y baterías secas
Seguridad
Marzo 10, 2020 01:04 hrs.
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Guillermo Pimentel Balderas › tabloiderevista.com

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Plantea PAN reformar Ley de Residuos Sólidos
Por Guillermo Pimentel Balderas
El Partido Acción Nacional (PAN) en el Congreso capitalino propuso limitar la venta de pilas y baterías secas, con el propósito de aminorar los riesgos al medio ambiente y a salud pública, por medio de una iniciativa a la Ley de Residuos Sólidos.
Se plantea definir los requisitos que deben cumplir las pilas y baterías secas que puedan exceder los límites máximos de mercurio, cadmio y plomo, incluso prohibir la comercialización de aquellas que contengan óxido de mercurio que se ofertan y consumen en la ciudad de México.
La congresista Ana Patricia Báez Guerrero y el legislador Federico Döring Casar son quienes impulsan una iniciativa para reformar la Ley de Residuos Sólidos mediante la cual se plantea definir los requisitos que deben cumplir las pilas y baterías secas.
Al argumentar la propuesta Ana Patricia Báez, indicó que se propone limitar la venta de pilas secas y baterías que puedan exceder los límites máximos de mercurio, cadmio y plomo, incluso prohibir la comercialización de aquellas que contengan óxido de mercurio.
’A pesar del riesgo que representan para la salud y el medio ambiente, actualmente las pilas y baterías secas son indispensables en nuestra vida diaria. Sin embargo, la contaminación ocasionada por los metales tóxicos provenientes de dichos productos es un problema a nivel mundial’, dijo.
Recordó que en algunos países como Estados Unidos o los que conforman
la Unión Europea desde el año 1990 limitaron el contenido de mercurio
en las pilas y baterías secas alcalinas, y prohibieron terminantemente
las pilas de óxido de mercurio debido a su alto contenido tóxico.
La propuesta es para reformar el artículo 25 de la Ley de Residuos Sólidos y que su contenido sea: ’Queda prohibido por cualquier motivo la comercialización de pilas y baterías secas, se prohíbe expresamente la comercialización en el territorio de la Ciudad de México de las pilas y baterías secas que contengan óxido de
mercurio’.
Además, indica que ’el contenido de mercurio no puede exceder .005 por ciento del peso de cada pila o batería seca, con la excepción de las pilas de tipo de botón que no podrán contener más de 25 miligramos de mercurio. El contenido de cadmio no puede ser mayor a .002 por ciento del peso de cada pila o batería seca. El contenido de plomo no puede ser mayor a 1 por ciento del peso’, refirió.

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