EL TIJERETAZO POLÍTICO
Joaquín Bojorges
En México, la defensa de los derechos de las mujeres ha sido una conquista histórica, ardua y necesaria. Pero cuando esa defensa se convierte en herramienta para silenciar la crítica legítima, estamos frente a una distorsión peligrosa del principio de justicia. El caso del periodista Jesús Castañeda, sancionado por el Tribunal Electoral del Estado de Guerrero con una multa y la obligación de disculparse públicamente durante 15 días por presunta ’violencia política de género’ contra la alcaldesa Abelina López Rodríguez, es un ejemplo inquietante de cómo el aparato institucional puede ser instrumentalizado para censurar.
La denuncia se originó tras publicaciones que documentaban presuntas irregularidades por casi 898 millones de pesos en la administración municipal, respaldadas por la Auditoría Superior del Estado. ¿Desde cuándo investigar el uso de recursos públicos se convierte en violencia de género? ¿Dónde trazamos la línea entre crítica política y agresión simbólica?
El Tribunal argumenta que las expresiones del medio excedieron los límites de la crítica legítima y perpetuaron estereotipos de género. Sin embargo, el periodista afirma que ni él ni su medio fueron notificados debidamente, lo que impidió ejercer su derecho a la defensa. Esta omisión procesal no es menor: vulnera el principio de debido proceso y convierte la sanción en una imposición arbitraria.
Más grave aún es el precedente que se sienta. La censura previa, prohibida explícitamente por el Artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, parece estar resurgiendo bajo nuevas formas institucionales. Disculpas públicas obligatorias, multas económicas, cursos forzados y registros de sanción no son mecanismos de reparación, sino de escarmiento. Y cuando se aplican sin criterios claros ni garantías procesales, se convierten en actos de represión simbólica.
La libertad de expresión no es absoluta, pero su restricción debe ser excepcional, proporcional y legalmente justificada. En este caso, el uso de la figura de violencia política de género parece más una estrategia para blindar a una funcionaria de la crítica pública que una defensa genuina de sus derechos.
Este es un panorama de casos recientes en México que evidencian cómo la censura institucional se ha sofisticado y extendido en distintos niveles de gobierno:
1. Jorge Luis González – Campeche
El periodista fue sancionado por un juez que ordenó revisar previamente sus contenidos antes de publicarlos. Además, se le impuso una multa y se cerró el diario Tribuna Campeche, tras denuncias de la gobernadora Layda Sansores por ’incitación al odio’.
2. Héctor de Mauleón – Tamaulipas
Publicó una columna sobre presuntos vínculos familiares de una magistrada electa con redes de huachicol. Fue denunciado por ’violencia política de género’ y se exigió retirar la publicación. El caso fue impulsado por el Tribunal Electoral estatal, donde varios magistrados tienen vínculos con la funcionaria señalada.
3. Código Magenta – Tamaulipas
Este medio también fue denunciado por la misma magistrada tras publicar investigaciones sobre corrupción. Se solicitó censura previa y retiro de contenidos, lo que fue considerado por el medio como una ’mordaza a la ciudadanía’.
4. Rubí Soriano – Puebla
La periodista fue denunciada por una diputada local por presunta violencia política de género, tras una publicación en redes sociales que mencionaba su paso por varios partidos. La sanción fue considerada un uso indebido de la figura para inhibir la crítica.
5. Ley de Ciberasedio – Puebla
Una reforma al Código Penal estatal introdujo el delito de ’violencia digital’, que permite sancionar publicaciones que ’afecten la dignidad’ de una persona. Organizaciones como la SIP alertaron que esta norma puede usarse para perseguir periodistas y activistas.
6. Laisha Wilkins – CDMX
La actriz denunció que el Tribunal Electoral abrió un procedimiento en su contra por criticar a una excandidata a ministra de la Suprema Corte. El caso fue considerado como ’censura ciudadana’ por tratarse de una opinión personal en redes sociales.
- Según Artículo 19, cada 12 horas se registra una agresión contra la prensa en México, y cada tres semanas ocurre un caso de censura oficial.
- En los últimos 18 meses, 27 periodistas han sido víctimas de censura o acoso judicial, especialmente por denunciar corrupción o criticar a funcionarios ligados a Morena.
- La SIP advierte sobre un resurgimiento de mecanismos judiciales y legislativos para inhibir la crítica, incluso en estados con marcos constitucionales sólidos.
Estos casos no son aislados: configuran un patrón de instrumentalización del aparato judicial y legislativo para silenciar voces incómodas. Si te interesa, puedo ayudarte a desarrollar un análisis comparativo entre estos casos y estándares internacionales de libertad de expresión.
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos ha advertido que el uso indebido de esta figura puede convertirse en una forma de censura institucional. Y en México, donde el periodismo crítico ya enfrenta amenazas, agresiones y asesinatos, este tipo de sanciones judiciales solo agravan el clima de hostilidad. La defensa de los derechos de las mujeres no debe ser utilizada como escudo para evitar la rendición de cuentas. Porque cuando el Estado castiga al periodista por investigar, lo que se vulnera no es solo su libertad, sino el derecho de toda la sociedad a saber..