Comentario a Tiempo

El derecho al asilo

El derecho al asilo
Periodismo
Noviembre 24, 2025 20:26 hrs.
Periodismo ›
Teodoro Rentería Arróyave › tabloiderevista.com

67 vistas

Ante la amenaza personal y directa del presidente de Perú, José Jerí de allanar la embajada de nuestro país en Lima, con el propósito de arrestar por la fuerza a la refugiada ex primera ministra, Betssy Chávez, a quien México le ha otorgado el derecho de asilo, es importante interiorizarnos, cuando menos en forma sintética, de los alcances y fundamentos de ese derecho internacional reconocido por la Organización de las Naciones Unidas, ONU y por la inmensa mayoría de los países.

Antes, es necesario recordar que México tiene toda una historia, una trayectoria inmaculada en el otorgamiento de asilo, recuérdese a los refugiados republicanos españoles perseguidos por el Dictador Francisco Franco, los chilenos perseguidos por la brutal dictadura de Augusto Pinochet, y los argentinos, principalmente periodistas, también amenazados por la feroz dictadura militar.

Sin embargo, hay que decirlo, ni esos sátrapas se atrevieron a violentar las embajadas de México y de otras naciones que al igual protegieron a los asilados y fueron decenas y cientos en el caso de España.

Este es el resumen: El Artículo 14 de la Declaración Universal de Derechos Humanos establece que toda persona tiene derecho a buscar asilo y disfrutar de él en cualquier país en caso de persecución.

El Artículo 14 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, DUDH. fue adoptado en 1948 y surge como respuesta a las atrocidades cometidas durante la Segunda Guerra Mundial, especialmente el Holocausto. Este artículo reconoce el derecho de las personas perseguidas a buscar asilo en otros países, reflejando la necesidad de proteger a aquellos que huyen de la persecución y la violencia.

El artículo establece dos puntos clave: Derecho a buscar asilo: ’En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo, y a disfrutar de él, en cualquier país’.

Limitaciones: Este derecho no se puede invocar para evitar el enjuiciamiento por delitos no políticos o actos contrarios a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.

Evolución y Aplicación: Desde la adopción del derecho de asilo ha sido desarrollado y ampliado a través de instrumentos internacionales como la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951. Esta convención define a los refugiados y establece normas para su protección. Sin embargo, el derecho al asilo no es ilimitado y puede ser restringido en ciertos casos, como en el caso de criminales de guerra o personas que han cometido crímenes contra la humanidad.

Este artículo es un recordatorio de la importancia de proteger a los más vulnerables y garantizar que aquellos que huyen de la persecución tengan un lugar seguro donde buscar refugio.

Ante la mencionada amenaza del presidente de Perú, José Jerí, de allanar la embajada mexicana en ese país en donde se encuentra refugiada la ex primera ministra, Betssy Chávez, y después de romper relaciones en forma unilateral, la presidenta Claudia Sheinbaum advirtió que de hacerlo violaría todas las leyes internacionales.

’Una intervención en la embajada estaría fuera de toda norma -dijo a pregunta expresa en conferencia de prensa y precisó-, que el asilo del gobierno mexicano a la ex primera ministra, Betssy Chávez, está dentro del derecho de asilo reconocido por las leyes internacionales de derechos humanos, por lo que, advirtió que la violación a este sería muy grave… si se comete es una irregularidad internacional, una violación a la soberanía… podemos tener diferencias, pero siempre en el marco de la ley internacional’.

Qué ocurrió en el Ecuador, se preguntó y afirmó: ’se violaron todas las leyes internacionales’.

"El derecho de asilo de esta mujer es el derecho de asilo reconocido por las leyes y las relaciones internacionales de derechos humanos -continuó-, el diálogo siempre es lo mejor, siempre se pueden tener diferencias y se opina. Ellos tomaron la decisión de romper las relaciones con México, pero una intervención en la embajada, estaría fuera de toda norma’.

Como ya lo habíamos dicho, los malos ejemplos cunden, más de dos siglos de estupendas relaciones bilaterales entre México y Perú y ahora un presidente al que se le ha tildado de facto, lanza la grave amenaza de allanar nuestra embajada en Lima.

Periodista y escritor; presidente del Colegio Nacional de Licenciados en Periodismo, CONALIPE; secretario de Desarrollo Social de la Federación Latinoamericana de Periodistas, FELAP; presidente fundador y vitalicio honorario de la Federación de Asociaciones de Periodistas Mexicanos, FAPERMEX, Doctor Honoris Causa por la Universidad Internacional, Académico de Número y director de Comunicación de la Academia Nacional de Historia y Geografía, ANHG. Agradeceré sus comentarios y críticas en teodororenteriaa@gmail.com Nos escuchamos en las frecuencias en toda la República de Libertas Radio. Le invitamos a visitar: www.felap.info, www.ciap-felap.org, www.fapermex.org, y el portal: www.irradianoticias.com

Ver nota completa...

Escríbe al autor

Escribe un comentario directo al autor

Suscríbete

Recibe en tu correo la información más relevante una vez al mes y las noticias más impactantes al momento.

Recibe solo las noticias más impactantes en el momento preciso.


El derecho al asilo

Éste sitio web usa cookies con fines publicitarios, si permanece aquí acepta su uso. Puede leer más sobre el uso de cookies en nuestra política de uso de cookies.